En mi columna Consulta Migratoria® de esta semana contesto la pregunta de una inmigrante indocumentada que recientemente fue liberada de un centro de detención de inmigración.
Cada caso es distinto y las respuestas varían según el historial migratorio de cada persona. Aquí respondo de forma general a sus dudas. Por favor consulten con un abogado de inmigración para recibir asesoría legal personalizada antes de comenzar cualquier trámite.
Esta es la columna:
Llegué a Estados Unidos cuando tenía 15 años. El pasado mes de junio fui detenida por migración y al tercer día fui liberada. Solo me dijeron que fuera con un abogado al salir de detención. Tengo tres hijos de 15, 13 y 10 años. ¿Qué debo hacer? –Yasmin S.
Yasmin, debes seguir el consejo del oficial de inmigración y consultar con un abogado de inmigración lo más pronto posible.
El abogado revisará toda la documentación que te dieron al salir del centro de detención e investigará cuál es el estatus de tu caso en la corte de inmigración. También, deberá evaluarte cuidadosamente para determinar si tienes alguna opción para permanecer legalmente en el país.
Si el gobierno federal te puso en proceso de deportación, debes acudir a todas las citas que te asignen en la corte de inmigración. Si no lo haces, la corte podría ordenar tu deportación en tu ausencia.
Es posible que seas elegible para el programa original de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA, siglas en inglés) porque llegaste a los Estados Unidos cuando tenías 15 años. Hay que ver si cumples con todos los requisitos para DACA o para algún otro beneficio migratorio.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos sigue aceptando inscripciones iniciales de DACA de personas que llenan los siguientes requisitos:
1. Haber llegado a los Estados Unidos antes de cumplir 16 años.
2. No haber tenido más de 30 años el 15 de junio del 2012.
3. Haber vivido continuamente en los Estados Unidos por lo menos 5 años antes del 15 de junio del 2012 y actualmente estar presente en el país.
4. Haber entrado sin inspección antes del 15 de junio del 2012 o tu estatus legal de inmigración expiró el 15 de junio del 2012.
5. Ser graduado o estar cursando la escuela secundaria, incluyendo el GED, o ser veterano de las fuerzas armadas.
6. No representar una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública.
7. No haber sido condenado por un delito mayor, un delito menor significativo o múltiples delitos.
Como tienes hijos nacidos en Estados Unidos, también podrías calificar para el programa de Acción Diferida para Padres de Ciudadanos y Residentes Permanentes de Estados Unidos (DAPA, siglas en inglés) si el programa entra en vigor en el futuro.
Por favor consulta con un abogado de inmigración antes de comenzar cualquier trámite migratorio.
Para más información y consejos de inmigración, lea mi blog InmigracionHoy.com.
Envíe sus preguntas a preguntas@consultamigratoria.com. Incluya información detallada sobre su situación para mejor responder sus preguntas.
El Dr. Nelson A. Castillo es abogado de inmigración y autor de La Tarjeta Verde: Cómo obtener la residencia permanente en los Estados Unidos y presentador de segmentos televisivos de inmigración de El Abogado a Tu Lado en NY1 Noticias. Es ex Presidente de la Asociación Nacional de Abogados Hispanos y actual Presidente del Concejo Vecinal de Westlake South de Los Ángeles. Para información sobre como contactar al Dr. Castillo, haga clic aquí.
El propósito de esta columna es brindar información general. No se puede garantizar ni predecir cual será el resultado de la información presentada por el Dr. Nelson A. Castillo. La información no se debe tomar como un consejo legal para algún individuo, caso o situación. Esta columna podría ser considerada un anuncio por los Reglamentos de Conducta Profesional de abogados de varios estados, incluyendo en California y Nueva York. Consulte con un abogado de inmigración para recibir asesoría legal personalizada antes de comenzar cualquier trámite migratorio.