“Mi prestigio como abogado de inmigración en Los Ángeles, CA se basa en mi dedicación absoluta a todos mis clientes.
Pongo toda mi experiencia a su alcance. Conmigo tendrá total confianza en recibir ayuda personalizada con su trámite migratorio”.
Garantía de servicios al cliente
Cuando un cliente me contrata, su caso se convierte en máxima prioridad. Por eso, garantizo servicio y atención excelentes. Estos son mis compromisos con usted:
Atención personal
Prometo responder todas sus preguntas, reunirme con usted las veces que sean necesarias y tratarlo con la cortesía y respeto con la que espero que me traten a mí cuando busco atención personalizada.
Acceso directo para clientes
Clientes que tienen preguntas sobre sus casos tendrán la certeza de poder comunicarse conmigo para aclarar dudas. Este es mi compromiso, al ofrecer servicio personalizado.
Regresamos llamadas rápidamente
Cuando estoy disponible, contesto llamadas de clientes de inmediato. Si estoy ocupado, devuelvo las llamadas lo más pronto posible, en el orden que son recibidas. Tengan la certeza que se regresan todas las llamadas de clientes.
Servicio confidencial
Cuando contrata mis servicios, todo lo que hago por usted y su familia es confidencial. Sólo personas que usted autorice conocerán sus asuntos legales.
Tarifas justas y razonables
Cuando un cliente contrata mis servicios, está pagando por servicio personalizado y la certeza que voy a velar por sus intereses, incluyendo en el aspecto económico.
Trabajo de manera eficaz y mis honorarios legales son justos y razonables.
Debido a una relación de confianza, excelente trato y servicio, muchos clientes satisfechos me recomiendan con sus familiares y amigos.
Constante comunicación
Tras contratar mis servicios, mis clientes recibirán actualizaciones durante el transcurso de sus casos. Si surge alguna pregunta, siempre pueden llamarme y aclararé sus dudas.
Mis clientes podrán confirmar que ofrezco un trato y servicio excepcional. Si su problema está fuera de mis áreas de especialización, le ayudaré a encontrar a otro abogado con licencia y experiencia.
Servicios especializados
Regularmente asisto a clases, seminarios y talleres legales para mantenerme actualizado sobre cambios en la ley de inmigración de Estados Unidos. Esto me permite ofrecer la mejor asesoría para que mis clientes reciban la protección legal más completa que permite la ley.
Pertenezco a importantes grupos de abogados, incluyendo la Asociación Americana de Abogados de Inmigración y la Asociación de Abogados del Estado de Nueva York.
Representación eficaz
Mis clientes reciben la mejor representación posible. Haré todo lo que sea posible, dentro de los límites de la ley, para obtener buenos resultados.
Tengo experiencia en representar a personas y negocios ante agencias federales, incluyendo el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), el Departamento de Estado de Estados Unidos y la corte de inmigración. Todo cliente recibe atención personalizada en cada paso del camino.
Siempre estoy atento a las necesidades de mis clientes. Si tiene alguna sugerencia de cómo puedo mejorar mis servicios, avíseme. Desde que se inicia un trámite de inmigración hasta que se finalice, puede pasar mucho tiempo. Es importante trabajar juntos de una manera eficiente en un ámbito de confianza y respeto mutuo.
Si algo le preocupa, tiene una inquietud o un problema, por favor hable conmigo.
Mi objetivo es buscar soluciones y tener la mejor relación abogado-cliente.
LOS SERVICIOS QUE LE OFREZCO
El Dr. Castillo es un abogado de inmigración en Los Ángeles, CA con más de 20 años de experiencia quién le puede ayudar con los siguientes trámites migratorios:
Inmigración: residencia permanente basada en familia
Se puede lograr una situación legal regulada en estos casos:
Parientes inmediatos de un ciudadano estadounidense – hijos solteros menores de 21 años, conyuge, padre, madre, viudo(a) (bajo ciertas circunstancias).
Primera Preferencia – hijos solteros mayores de 21 años de ciudadanos estadounidenses.
Segunda Preferencia – 2A: conyuge e hijos solteros menores de 21 años de residentes permanentes; 2B: hijos solteros mayores de 21 años de residentes permanentes.
Tercera Preferencia – hijos casados de ciudadanos estadounidenses.
Cuarta Preferencia – hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses.
Si es su caso, no lo dude un instante, puedo ayudarle. Solicite hoy mismo su asesoramiento.
Inmigración: residencia permanente basada en empleo
EB-1 – Primera Preferencia: para personas con aptitudes extraordinarias en las ciencias, las artes, la educación, los negocios o los deportes; profesores o investigadores sobresalientes; y ejecutivos o personas con puestos de mánager de multinacionales.
EB-2 – Segunda Preferencia: para profesionales con títulos de posgrado o para personas con aptitudes excepcionales en las artes, las ciencias o los negocios.
EB-3 – Tercera Preferencia: para profesionales, trabajadores especializados y otros.
EB-4 – Cuarta Preferencia: para “inmigrantes especiales”, como ciertos trabajadores religiosos, empleados de puestos del servicio exterior de los EE.UU., personal retirado de organizaciones internacionales, extranjeros menores de edad que están bajo la protección de tribunales de los EE.UU. y otros casos de extranjeros.
EB-5 – Primera Preferencia: para inversionistas de negocio que inviertan $1,8 millones o $900,000 (si la inversión se realiza en un área de empleo identificada) en una nueva empresa que emplee al menos 10 empleados de los EE.UU. a tiempo completo.
Visas de No Inmigrante (Estatus Temporal No-inmigrante)
Esta categoría comprende muchos casos y situaciones. En el caso que necesite residir en los Estados Unidos solo durante un tiempo determinado debido a temas laborales, estudios, atletas, artistas, etc.
La lista siguiente presenta algunas de las visas de no inmigrante, si cree que puede acogerse a alguno de ellos, consúlteme y le asesoraré eficazmente.
• B-1 – Visitantes temporales por motivos de negocio para realizar actividades de índole comercial o profesional. Por ejemplo, consultar con socios de negocio, negociar un contrato o asistir a una conferencia de negocio.
• B-2 – Visitantes temporales por motivos de turismo, vacaciones, visita con amigos o parientes, tratamiento médico, participación en eventos sociales organizados por organizaciones fraternales, sociales o de servicios, la participación de aficionados en eventos o concursos musicales, deportivos o similares, si no se les paga por participar, y la matriculación en un curso de estudio recreativo corto, no para obtener créditos para un título (por ejemplo, una clase de cocina de dos días durante las vacaciones).
• WB – Visitantes temporales por motivos de negocio admitidos de conformidad con el Programa de dispensa de visas.
• GB – Visitantes temporales por motivos de negocio.
• E-1 – Comerciantes de tratados y sus cónyuges e hijos.
• E-2 – Inversionistas de tratados y sus cónyuges e hijos.
• E-3 – Ciertos profesionales especializados australianos y sus cónyuges e hijos.
• F-1 – Estudiantes académicos.
• F-2 – Cónyuges e hijos de F-1.
• F-3 – Estudiantes académicos nacionales canadienses o mexicanos que tienen que desplazarse periódicamente.
• H-1B – Trabajadores en una profesión especializada. (Como ingeniería, medicina, contabilidad).
• H-1B1 – Profesionales del Tratado de Libre Comercio de Chile y Singapur.
• H-1B2 – Profesiones especializadas relacionadas con proyectos de Investigación Cooperativa y desarrollo del Departamento de Defensa o proyectos de coproducción.
• H-1B3 – Modelos para publicidad con méritos y aptitudes distinguidos.
• H-IC – Enfermeros titulados que trabajen donde haya escasez de profesionales de la salud.
• H-2A – Trabajador agrícola temporal o eventual.
• H-2B – Trabajador no agrícola temporal o eventual.
• H-3 – Aprendices que no sean de la rama médica o académica.
• J-1 – Visitantes de intercambio.
• J-2 – Cónyuges e hijos de J-1.
• L-1A – Gerentes o ejecutivos transferidos dentro de una misma empresa.
• L-1B – Personas con conocimientos especializados transferidas dentro de una misma empresa.
• L-2 – Cónyuge o hijos de un L-1A o L-1B.
• M-1 – Estudiantes vocacionales.
• M-2 – Cónyuges e hijos de M1.
• M-3 – Estudiantes vocacionales canadienses o mexicanos que deben desplazarse periódicamente.
• O-1, O-2, O-3 – Personas con aptitudes extraordinarias en las ciencias, las artes, la educación, los negocios o los deportes.
• O-1B – Personas con aptitudes extraordinarias en la producción cinematográfica o de TV.
• P-1A – Atleta reconocido internacionalmente.
• P-1B – Miembro de un grupo de entretenimiento reconocido internacionalmente.
• P-2 – Artista individual o que forma parte de un grupo que viene a presentarse, de conformidad con un programa de intercambio recíproco.
• P-3 – Artista o presentador, ya sea individual o de un grupo, que viene para actuar, enseñar oasesorar un programa cultural único.
• P-4 – Cónyuges e hijos de P-1, P-2, P-3.
• Q-1 – Personas que participan en un programa de intercambio cultural internacional.
• R-1, R-2 – Trabajadores religiosos.
• TN – Profesionales temporales del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (NAFTA, por su sigla en inglés) de México y Canadá.
¿Es alguno de los supuestos su caso? ¿Tiene dudas si puede acogerse a uno de ellos? ¡No lo piense más, puedo ayudarle! Solo tiene que solicitar su asesoramiento ahora mismo.
Representación frente el USCIS y práctica consular
Representación frente al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos y las embajadas y consulados del Departamento de Estado de Estados Unidos alrededor del mundo.
Representación en la corte de inmigración
- Cancelación de deportación/remoción.
- Residencia permanente por medio de familia.
- Residencia permanente por medio de trabajo.
- Residencia permanente por medio de la visa de inmigrante especial juvenil.
Ciudadanía y nacionalidad
Representación en casos de solicitudes de ciudadanía y naturalización estadounidense.
¿Es alguno de los supuestos su caso? ¿Tiene dudas si puede acogerse a uno de ellos? ¡No lo piense más, puedo ayudarle! Solo tiene que solicitar su asesoramiento ahora mismo.
Exenciones (perdones)
- Exención por presencia ilegal presentada en el exterior o dentro de los EE.UU.
- Exención por solicitud o documentación incompleta
- Exención por motivos de salud
- Exención por antecedentes criminales
- Exención por carga púbica
- Exención por fraude y falsificación (misrepresentation, en inglés)
¿Es alguno de los supuestos su caso? ¿Tiene dudas si puede acogerse a uno de ellos? ¡No lo piense más, puedo ayudarle! Solo tiene que solicitar su asesoramiento ahora mismo.
Beneficios inmigratorios humanitarios
- Cónyuge, hijos y padres maltratados de ciudadanos o residentes permanentes de EE.UU. (VAWA)
- Víctimas de trata y tráfico de personas, y otros crímenes (visas T y U)
- Permiso de ingreso anticipado por razones humanitarias o de emergencia
- Estatus de Protección Temporal (TPS)
- Salida obligatoria diferida (DED)
- Acción Diferida
- Acción Diferida para los llegados en la infancia (DACA)
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Visa De Diversidad
- DV1 visas (Lotería de Visas para la Tarjeta Verde)
Otros Servicios Inmigratorios
- Cumplimiento de acuerdo a la ley del Formulario I-9/IRCA.
- Cumplimiento del programa H-1B y la visa L.
- Cartas de falta de concordancia de la Administración del Seguro Social de los Estados Unidos.
¿Es alguno de los supuestos su caso? ¿Tiene dudas si puede acogerse a uno de ellos? ¡No lo piense más, puedo ayudarle! Solo tiene que solicitar su asesoramiento ahora mismo.