Preguntas sobre Acción Ejecutiva de inmigración

A principios de marzo, Univision en California realizó un foro para aclarar dudas sobre la Acción Ejecutiva del Presidente Obama sobre inmigración.

Como no se pudieron contestar todas las preguntas del público, Univision escogió las más populares enviadas por sus plataformas digitales y redes sociales y me pidieron que contestara las cinco más importantes.

Univision publicó las preguntas y respuestas ayer y las comparto con ustedes. Aquí están:

1.- ¿Cómo afectan, y qué hacer en caso de tener antecedentes penales, al momento de aplicar a la protección migratoria que otorga la Acción Ejecutiva?

Toda persona con antecedentes penales debe proceder con cautela antes de comenzar cualquier trámite migratorio.

La persona debe recopilar todos los archivos penales para que un abogado de inmigración los evalúe.  Si una persona fue encontrada culpable de cargos criminales, puede tener consecuencias migratorias. Por eso, hay que revisar el archivo del FBI y el resumen de la corte criminal (certificate of disposition, en inglés) de cada caso criminal para determinar si el tipo de delito y el fallo en su caso afectará los trámites migratorios que quiera realizar la persona.

Si un extranjero tiene un caso pendiente en la corte criminal, la persona debe consultar con un abogado de inmigración antes de declararse culpable o llegar a un acuerdo con la fiscalía. En estos casos, lo mejor es contratar a un abogado de inmigración para que trabaje en conjunto con el abogado criminalista para encontrar la mejor opción a su caso criminal sin afectar su estatus o trámite migratorio. Si una persona que no es ciudadano estadounidense se declara culpable de ciertos crímenes, podría enfrentar serias consecuencias migratorias, incluyendo la posibilidad que le nieguen solicitudes para acción diferida, estatus de protección temporal (TPS, siglas en inglés), residencia permanente o ciudadanía estadounidense.

2.- Los potenciales beneficiarios de DAPA, ¿Pueden o no salir de Estados Unidos?

El programa de Acción Diferida para Padres de Ciudadanos o Residentes Permanentes (DAPA, siglas en inglés) todavía no ha entrado en vigencia y sus reglamentos finales aún no han sido publicados. Por lo tanto, no se sabe si el programa de DAPA permitirá que personas inscritas en el programa puedan viajar al exterior.

Sin embargo, mi expectativa es que personas inscritas en DAPA podrán viajar fuera del país tal como lo pueden hacer personas que actualmente están amparadas bajo el programa de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA, siglas en inglés).

Personas inscritas en DACA, según las estipulaciones del programa establecido en el 2012, pueden viajar al exterior si obtienen un permiso de ingreso anticipado (advance parole, en inglés) de parte del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, siglas en inglés).  El solicitante debe demostrar una razón humanitaria, educacional o de empleo para viajar fuera del país.

Mientras tanto, personas indocumentadas no deben salir fuera de los Estados Unidos sin permiso del Gobierno, porque eso podría afectar de forma negativa sus trámites migratorios del futuro.

3.- ¿Hay alguna restricción para padres de ciudadanos americanos al momento de aplicar al beneficio?

Uno de los requisitos de DAPA es tener un hijo ciudadano o residente permanente de Estados Unidos que nació antes del 21 de noviembre del 2014. Esto se demuestra por medio de una acta de nacimiento del hijo ciudadano o residente permanente que liste el nombre del padre o madre.

Un padrastro o madrastra también podría beneficiarse si tiene un hijastro ciudadano o residente permanente de Estados Unidos que nació antes del 21 de noviembre del 2014.

La relación de padrastro/madrastra por lo general es creada cuando el padrastro/madrastra se casa con el padre o madre biológico del ciudadano o residente permanente de Estados Unidos antes que el hijastro cumpla 18 años.

4.- ¿Quién, o quiénes están autorizados a realizar trámites a terceros relacionados con el proceso?

La ley requiere que solamente abogados o representantes acreditados por el gobierno federal que tengan sus licencias vigentes pueden dar consejos legales.

Notarios, consultores de inmigración, llena papeles, multi-servicios y organizaciones sin fines de lucro no autorizados por el Gobierno federal no pueden dar consejos legales.

Personas de bajos recursos pueden acudir a organizaciones sin fines de lucro que estén debidamente registradas con el Gobierno federal y que tengan abogados o representantes acreditados trabajando para la institución.

Estas organizaciones deben ofrecer sus servicios gratuitamente o cobrar una cantidad mínima por los servicios legales migratorios que brindan a la comunidad. Deben asegurarse que la organización sin fines de lucro y sus representantes tienen licencia y experiencia para brindar ayuda legal migratoria.

Pueden encontrar la lista de organizaciones sin fines de lucro autorizadas haciendo clic aquí.

Por favor, sólo acudan a estos grupos si verdaderamente están necesitados. Hay pocas organizaciones sin fines de lucro autorizadas para los cientos de miles de indocumentados que necesitan servicios legales migratorios a bajo costo. Solamente personas de bajos recursos deberían recurrir a esos lugares.

Si usted tiene los recursos necesarios, invierta en su futuro y contrate al abogado de inmigración privado de su preferencia.

5.- ¿Cómo identificar a estafadores y evitar ser víctima de fraude migratorio?

Lastimosamente, donde hay inmigrantes siempre habrán personas inescrupulosas que quieren tomar ventaja de ellos. Por ejemplo, el Condado de Los Ángeles está lleno de notarios, consultores de inmigración, llena papeles y multi-servicios que están ejerciendo leyes ilegalmente y poniendo en peligro los casos migratorios y futuro de la comunidad inmigrante en este país.

Para evitar ser víctima de fraude use su sentido común. Si lo que le dicen suena increíble, probablemente lo es.

Siempre verifiquen las credenciales de un representante legal antes de contratarlo. Recuerde, es su futuro y su dinero que está en juego. Ningún abogado o representante acreditado debe ofenderse si le piden ver sus licencias. Si se niegan o le hacen algún problema, busque a otro representante legal autorizado para que le ayude.

Puede leer más consejos sobre como evitar ser víctima de fraude migratorio haciendo clic aquí.

Si usted o alguien que conoce ha sido víctima de un notario o abogado, debe reportarlo a las autoridades correspondientes. No solamente hay que hacer justicia en su caso, pero también hay que proteger a otros inmigrantes que podrían caer en las manos de personas inescrupulosas.

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