Como cambiar su dirección con USCIS y el Departamento de Estado

La ley requiere que la mayoría de personas no-ciudadanas de los Estados Unidos notifique al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS) cambios de dirección dentro de un plazo de 10 días después de mudarse. Es responsabilidad exclusiva de la persona que solicita beneficios inmigratorios para sí mismo o su familia que el USCIS tenga su dirección actualizada. No avisar por escrito un cambio de dirección es un delito menor y podría afectar su habilidad de adquirir beneficios inmigratorios en el futuro.

En mi columna de esta semana en La Opinión, contesto la pregunta de un lector que quiere saber cómo cambiar su dirección con el USCIS y el Departamento de Estado de Estados Unidos.

Soy residente permanente y estoy pidiendo a mi esposa. Nos hemos mudado a una nueva casa y quiero saber si tengo que avisarle a inmigración mi cambio de dirección. - Miguel M.

Tienes que notificar al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) tu cambio de dirección. La ley requiere que la mayoría de personas no-ciudadanas de los Estados Unidos notifiquen al USCIS cambios de dirección dentro de un plazo de 10 días después de mudarse. Es responsabilidad exclusiva de la persona que solicita beneficios inmigratorios para sí mismo o su familia que el USCIS tenga su dirección actualizada. No avisar por escrito un cambio de dirección es un delito menor y podría afectar su habilidad de adquirir beneficios inmigratorios en el futuro.

El USCIS procesa cientos de miles de solicitudes cada año y a menudo requieren evidencia adicional, que se pide por correo. El USCIS podría rechazar un caso, considerándolo abandonado, si el solicitante de beneficios inmigratorios no responde puntualmente a una petición de evidencia.

Inmigrantes no-ciudadanos deben llenar el formulario AR-11. Puede enviarlo por correo o llenarlo vía Internet yendo a https://tinyurl.com/3g7wsml. Se recomienda mantener copias de toda correspondencia enviada al USCIS, usar servicio de correo certificado o registrado para garantizar su entrega, y tener un comprobante que envió la documentación.

No es obligatorio que un ciudadano norteamericano dé cambio de dirección, pero se recomienda que lo haga si tiene un caso pendiente con USCIS (por ejemplo, una petición familiar), para que no hayan demoras en su procesamiento.

Cada agencia gubernamental tiene sus propios procedimientos para cambios de dirección. Aunque no es obligatorio, el Departamento de Estado de EEUU  recomienda el cambio inmediato para evitar demoras en las peticiones de procesamiento consular. Se pueden reportar cambios a través del Centro Nacional de Visas escribiendo a nvcinquiry@state.gov o llamando al 603-334-0700. Si su caso está siendo procesado en un consulado de los EEUU, contacte al consulado correspondiente para cambiar su dirección. Visite a https://www.usembassy.gov para encontrar la información de contacto del consulado.

es_MXEspañol