¿Pueden víctimas de violencia doméstica y sus hijos obtener estatus legal en los EE.UU.?

En mi columna de esta semana en La Opinión contesto preguntas de lectores.  Estas son respuestas generales.  Cada caso es distinto, por lo que deben consultar con un abogado para recibir asesoría legal personalizada.

Aquí esta la pregunta y respuesta de la columna de esta semana:

Soy mexicana de 35 años. Emigré a los Estados Unidos en 1999 con mi pequeña hija para vivir con mi ex-esposo. Una vez aquí, nos maltrató físicamente y me divorcié en el 2005. Tengo conmigo una copia del divorcio, una orden de restricción y un documento firmado por un juez que dice que he sido victima de violencia doméstica. ¿Puedo arreglar los papeles para mi y mi hija? B.

Tú y tu hija podrían ser elegibles para una visa U, que les permitiría permanecer legalmente en el país si llenan los debidos requisitos.

Para ser elegible, deben haber sido víctima de un crimen calificado que haya ocurrido en los EE.UU. o cualquiera de sus territorios.  Casos de violencia doméstica entran en esta categoría, al igual que otros crímenes violentos como tortura, secuestro, explotación sexual, violación, incesto, y homicidio, entre otros.

Debes demostrar que sufriste abuso físico o mental sustancial como resultado del acto criminal y haber cooperado con las autoridades en la investigación o el procesamiento judicial de tu ex-esposo. Hay otros factores, un poco más complejos, como las condiciones de admisibilidad al país, que también son evaluadas en una solicitud para este beneficio migratorio, por lo que es imprescindible consultar con un experto legal.

Uno de los beneficios de la visa U es que ciertos miembros de la familia de víctimas de crímenes, incluyendo hijos solteros menores de 21 años, también son elegibles para una visa U derivada del peticionario. Por lo tanto, tu hija menor de edad podría ser elegible para una visa U por medio tuyo.

La visa U es temporal. Se otorga por cuatro años. Al terminar ese plazo, víctimas que obtuvieron la visa U pueden someter una solicitud de ajuste de estatus. Deberán comprobar que han vivido en los EE.UU. continuamente por lo menos tres años desde que recibieron la visa U. Además, tendrán que demostrar nuevamente que cooperaron con las autoridades en la investigación o el procesamiento judicial de sus agresores. Deben ser admisibles a los EE.UU. y demostrar que están en el país por razones humanitarias para garantizar la unidad familiar o en función al interés público.

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