¿Puede una tía pedir a su sobrina?

En mi columna Consulta Migratoria® de esta semana, contesto la pregunta de una lectora que desea emigrar a su sobrina.

Cada caso es distinto y las respuestas varían según el historial migratorio de cada persona.

Aquí respondo de forma general a sus dudas. Por favor consulten con un abogado de inmigración para recibir asesoría legal personalizada antes de comenzar cualquier trámite.

Esta es la columna:

Soy ciudadana americana y quiero pedir a mi sobrina que vive en El Salvador. ¿Es posible? –Carlota A.

Carlota, según la ley de inmigración, un ciudadano o residente permanente de Estados Unidos no puede presentar una petición familiar directa para un sobrino.

Como ciudadana estadounidense, solamente puedes presentar peticiones familiares para tus padres, cónyuge, hijos y hermanos. Tus hijos y hermanos pueden estar solteros o casados.

Si pides a un hermano o hermana que tenga hijos solteros menores de 21 años, podrían ser incluidos en esa petición familiar de forma derivada.

No me dices la edad de tu sobrina ni su estatus marital. Para que pueda ser incluida en la petición de tu hermano o hermana, debe ser soltera y menor de 21 años.

Sin embargo, este proceso es muy largo. Si aprueban la petición de tu hermano o hermana, el siguiente paso es esperar para una visa de inmigrante. Actualmente, esa espera es de aproximadamente 13 años para ciudadanos de El Salvador.

Eso significa que aunque tu sobrina esté incluida en la petición de uno de sus padres, podría resultar excluida si en el proceso ella cumple 21 años y no está protegida por la Ley de Protección del Estatus del Menor (Child Status Protection Act o CSPA), que bajo ciertas circunstancias, preserva la minoría de edad de un extranjero para fines del trámite de residencia permanente.

Recomiendo que consultes con un abogado de inmigración para evaluar la situación de tu sobrina y determinar sus opciones legales para viajar legalmente a los Estados Unidos.

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