Más detalles sobre nuevo perdón provisional a la ley del castigo

Esta mañana les informé que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) finalmente dió a conocer el reglamento final para implementar la modificación del proceso para obtener un perdón (waiver) bajo la "ley del castigo".  Mañana se publicará oficialmente en el Registro Federal (Federal Register) y los nuevos procedimientos entrarán en vigor el 4 de marzo del 2013.

En la tarde, participé en una llamada telefónica con altos funcionarios gubernamentales, incluyendo el Director del USCIS, Alejandro Mayorkas, que nos explicaron más a fondo como será implementado el nuevo reglamento. Según lo que indicaron, el proceso será difícil y no todas las personas serán elegibles para solicitar este beneficio migratorio.

El nuevo reglamento ayudará a miles de ciudadanos norteamericanos que tienen familiares inmediatos indocumentados - padres, esposos e hijos solteros menores de 21 años - cuando soliciten la residencia permanente.

El nuevo reglamento les permitirá a los familiares inmediatos indocumentados de ciudadanos que realizan el trámite para la residencia permanente presentar la solicitud para el perdón a la ley del castigo y enterarse si será aprobada antes de salir de los Estados Unidos. Esto reduciría el tiempo de separación familiar mientras se realiza el trámite.

El proceso funcionará de la siguiente manera: USCIS examinará el caso. Si lo considera válido, concederá un perdón provisional. Luego, el familiar indocumentado tendrá que cumplir con el requisito de viajar a su país natal y ser entrevistado por un oficial consular. Si no se detectan problemas, confirmarán el permiso y la persona podrá regresar a los EE.UU. con una visa de inmigrante.

Bajo la ley actual, padres, esposos o hijos solteros menores de 21 años extranjeros de ciudadanos estadounidenses que entraron legal o ilegalmente al país y que actualmente están indocumentados y no cubiertos por la ley 245(i) son elegibles para pedir la residencia permanente, pero deben salir del país para ir a buscar la visa en su país de origen. El problema es que si estuvieron ilegalmente en el país por más de 180 días consecutivos despúes del 1 de abril de 1997, están sujetos a la "ley del castigo" que les prohibe el reingreso a los Estados Unidos por un período de entre 3 a 10 años. Existen excepciones.

El gobierno puede otorgar un perdón, conocido como "waiver" si el ciudadano demuestra que la separación de su familiar le ocasionaría un "perjuicio extremo", sea económico, de salud o humanitario, entre otros.

El nuevo reglamento permite solicitar un perdón provisional de presencia indocumentada si la persona:

1. Está presente físicamente en los Estados Unidos.

2. Tiene por lo menos 17 años de edad.

3. Es el beneficiario de una petición de visa de inmigrante aprobada (I-130) la cual clasifica a la persona como un pariente inmediato de un ciudadano de los EE.UU.

4. Está trabajando activamente en el proceso de solicitar una visa de inmigrante y ya le ha pagado al Departamento de Estado de los Estados Unidos (USDOS) la cuota para procesar la visa de inmigrante.

5. No tiene ninguna otra falta que lo haga inadmisible para emigrar a los Estados Unidos.

6. Puede demostrar que negarle la residencia permanente resultaría en dificultades extremas a un esposo o padre que es ciudadano de los EE.UU.

Un familiar inmediato de un ciudadano NO será elegible para solicitar un perdón provisional si la persona:

1. Tiene una aplicación pendiente con USCIS para el ajuste de estatus a residente permanente legal.

2. Está en proceso de deportación al menos que el caso sea cerrado administrativamente por un juez de inmigración y no tenga ninguna audiencia pendiente antes de solicitar el perdón provisional a la ley del castigo.

3. Está sujeta a una orden final de deportación o la reinstalación de una orden de expulsión previa.

4. Puede ser declarada inadmisible en el momento de la entrevista consular por razones distintas a la presencia indocumentada.

5. Ya ha sido programada antes del 3 de enero del 2013 para una entrevista de visa de inmigrante en la Embajada o Consulado de EE.UU. en el extranjero.

Otros datos importantes sobre el nuevo reglamento:

1. Sólo beneficiará a familiares inmediatos de ciudadanos, no de residentes permanentes.

2. Personas que están en el exterior y que ya solicitaron para el perdón de la ley del castigo no podrán tomar ventaja de la nueva propuesta.

3. Todo solicitante para el perdón provisional tiene que demonstrar "perjuicio extremo" a un cónyuge o padre ciudadano norteamericano, sea económico, de salud o humanitario, entre otros.

4. Todo solicitante tendrá que dar sus huellas digitales para una investigación de su récord criminal. Por lo general, USCIS no entrevistará al solicitante del perdón provisional al menos que sea necesario.

5. Se usará el formulario I-601A, Solicitud de Perdón Provisional a Presencial Indocumentada (Application for Provisional Unlawful Presence Waiver). El trámite tendrá un costo de $585 más $85 por las huellas digitales. No habrá una exención de pago para este trámite.

6. Personas que deben solicitar permiso para reingresar a los EE.UU. después de haber sido deportados del país no son elegibles para solicitar un perdón provisional.

7. Personas a quienes se les ha otorgado un perdón provisional no pueden solicitar la residencia permanente dentro de EE.UU.

8. USCIS recomienda que toda persona que ya tiene una entrevista para una visa de inmigrante en el exterior vaya a su cita. Si no se presentan a su cita, su caso podría ser cancelado. Consulten con un abogado de inmigración antes de proceder con el trámite.

9. La presentación o aprobación de un perdón provisional no permite lo siguiente:

  • Proporcionar beneficios provisionales, tales como un permiso de trabajo o poder viajar fuera del país (Advance Parole).
  • Proveer un estatus legal.
  • Detener la acumulación de presencia ilegal.
  • Proporcionar protección contra la deportación.
  • Eliminar el requisito de salir de los Estados Unidos en busca de una visa de inmigrante.
  • Garantizar la expedición de visados o de admisión a los Estados Unidos.

10. La aprobación o negación de una solicitud de perdón provisional está bajo la total discreción del USCIS. Si el USCIS niega una solicitud de perdón provisional, el solicitante NO podrá apelar la decisión del USCIS. Sin embargo, el USCIS se reservará el derecho de reconsiderar y reabrir un caso por su propia cuenta si las circunstancias lo ameritan.

11. Si su solicitud de perdón provisional es negada, es posible que lo pongan en proceso de deportación si el USCIS lo cree conveniente. Por lo general, personas que tienen antecedentes criminales y son consideradas un peligro para la seguridad nacional del país, y personas que tienen deportaciones anteriores tienen alta prioridad para ser deportados.

12. Bajo la propuesta, un perdón provisional que es aprobado permanecerá válido mientras que no se revoque la petición de visa inmigrante (I-130 ó I-360). Si el USDOS cancela el proceso de registración de la visa o rechaza la petición de visa, el perdón es revocado.

13. Entrar nuevamente de forma ilegal a los Estados Unidos después de que se hay aprobado el perdón provisional automáticamente revoca la aprobación del perdón.

14. Todas las personas que NO califiquen para el perdón provisional tienen que viajar fuera del país para solicitar la residencia permanente y pedir un perdón para reingresar a los EE.UU.

Es de suma importancia consultar con un abogado de inmigración antes de comenzar el trámite para la residencia permanente para estar seguro que llena todos los requisitos.  No vayan a notarios, consultores de inmigración, llena papeles o multi-servicios.  Si tiene preguntas, llame a mi oficina al 213-537-8472 para marcar una consulta privada.  La consulta no es gratis.

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