Esta semana en mi columna Consulta Migratoria® contesto la pregunta de una lectora.
Cada caso es distinto y las respuestas varían según el historial migratorio de cada persona.
Aquí respondo de forma general a sus dudas. Por favor consulten con un abogado de inmigración para recibir asesoría legal personalizada antes de comenzar cualquier trámite.
Esta es la columna:
Nací en El Salvador en 1974. Viajé a los Estados Unidos por primera vez en 1995 con visa de turista. En ese entonces tenía 21 años y mi madre estaba solicitando asilo. El notario que ayudó a mi madre me dijo que podía obtener un permiso de trabajo si decía que era menor de 21 años y que entré ilegalmente al país. Por eso, en la solicitud de permiso de trabajo pusimos 1977 cómo el año de mi nacimiento y que había entrado por San Ysidro. Me dieron el permiso de trabajo.
En el 2001, me inscribí para el TPS y me dieron un permiso de trabajo. En las solicitudes puse la información incorrecta que había puesto anteriormente por temor a perder mi permiso de trabajo si decía la verdad.
Estoy casada con un americano y en nuestro certificado de matrimonio mi año de nacimiento también está incorrecto. ¿Es posible solicitar la residencia permanente por medio de mi esposo listando mi verdadero año de nacimiento? ¿Me perdonará inmigración por haber mentido? –María V.
María, es lamentable que te hayan aconsejado tan mal, especialmente porque entraste legalmente al país y ahora estás casada con un ciudadano estadounidense. Si no hubieras mentido en el pasado, tu trámite para la residencia permanente podría ser más fácil.
Ahora, por lo que escribes, tu caso es muy complicado y es posible que lo que hiciste sea considerado fraude o tergiversación (misrepresentation, en inglés) de un hecho fundamental o esencial en trámites migratorios por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, siglas en inglés), algo que es penado por la ley.
Definitivamente tienes que consultar tu caso con un abogado de inmigración que pueda analizar toda la documentación que sometiste al gobierno en el pasado, porque esto será clave para determinar qué pasos tomar para tratar de resolver tu situación actual.
Si llegaras a someter una solicitud de residencia permanente, y pones tu verdadera fecha de nacimiento en una solicitud de residencia permanente, el USCIS notará una contradicción en información, ya que en el pasado has puesto otra fecha. Esto hará que oficiales de inmigración revisen tu caso y posiblemente se den cuenta que mentiste para obtener un beneficio migratorio.
La ley estipula que obtener un beneficio de inmigración por fraude o tergiversación de un hecho fundamental o esencial, por lo general hace que un inmigrante no sea admisible al país. Ser admisible al país es uno de los requisitos para poder obtener la residencia permanente en los EE.UU.
Bajo ciertas circunstancias, es posible pedir un perdón (waiver, en inglés) por haber cometido fraude o mentido en trámites migratorios. En tu situación, tendrás que demostrar que tu esposo o padres ciudadanos o residentes permanentes de EE.UU. experimentarán “sufrimiento extremo” (extreme hardship, en inglés) si no te dan la residencia.
Se consideran causas de “sufrimiento extremo” problemas de salud, pérdida de empleo u oportunidades de adquirir una educación avanzada, inhabilidad de poder mantener a la familia sin el ingreso del inmigrante, separación familiar, entre otras cosas.
Por favor consulta con un abogado de inmigración antes de comenzar cualquier trámite migratorio. El abogado determinará si cometiste fraude o tergiversación de un hecho fundamental o esencial en tus trámites migratorios y explicarte tus opciones legales.
Para más información y consejos de inmigración, lea mi blog inmigracionhoy.com.
Envíe sus preguntas a preguntas@consultamigratoria.com. Incluya información detallada sobre su situación para mejor responder sus preguntas.
El Dr. Nelson A. Castillo es abogado de inmigración y autor de La Tarjeta Verde: Cómo obtener la residencia permanente en los Estados Unidos. Es ex presidente de la Asociación Nacional de Abogados Hispanos y actual presidente del Concejo Vecinal de Westlake South de Los Ángeles. Para comunicarse con la oficina del Dr. Castillo, puede llamar al (213) 537-VISA (8472).
El propósito de esta columna es brindar información general. No se puede garantizar ni predecir cual será el resultado de la información presentada por el Dr. Nelson A. Castillo. La información no se debe tomar como un consejo legal para algún individuo, caso o situación. Consulte con un abogado de inmigración para recibir asesoría legal personalizada antes de comenzar cualquier trámite migratorio.