En mi columna Consulta Migratoria® de esta semana contesto la pregunta de un lector que desea obtener un permiso de trabajo mientras solicita asilo en la corte de inmigración.
Cada caso es distinto y las respuestas varían según el historial migratorio de cada persona. Aquí respondo de forma general a sus dudas. Por favor consulten con un abogado de inmigración para recibir asesoría legal personalizada antes de comenzar cualquier trámite.
Esta es la columna:
Gracias por su excelente trabajo al servicio de los que necesitamos de ayuda. Soy guatemalteco e ingresé a los Estados Unidos a principios del 2013 con visa de turista. Vine huyendo de Guatemala por las amenazas de muerte que recibí en mi país. Pedí asilo a las autoridades de inmigración y me dejaron salir con permiso después de estar detenido un mes. He tenido citas con el juez de inmigración en octubre del 2013 y mayo del 2014. Mi próxima cita es en mayo del 2015. ¿Puedo inmediatamente solicitar un permiso de trabajo o tengo que esperar hasta ganar mi caso de inmigración? –Alonso C.
Alonso, es posible que puedas solicitar un permiso de trabajo mientras se decide tu caso de asilo.
La ley de inmigración requiere que tú tengas un permiso de trabajo vigente para trabajar en los Estados Unidos. Es importante que no trabajes sin autorización mientras solicitas asilo. Si lo haces, estarías violando los términos de tu solicitud y el tiempo que estás viviendo en los EE.UU. sería tratado como tiempo de indocumentado. Esto te puede afectar si viajas fuera del país antes de recibir tu residencia permanente.
Para solicitudes de asilo sometidas después del 4 de enero de 1995, no se otorgan permisos de trabajo hasta 180 días después de haber presentado una solicitud.
No se puede solicitar un permiso de trabajo antes de que hayan pasado 150 días de la fecha en que se entregó una solicitud completa al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS, siglas en inglés) o un juez de inmigración.
Si pasaron 150 días y no se ha decidido el caso de asilo, el solicitante puede pedir un permiso de trabajo al USCIS usando el Formulario I-765. El gobierno tiene 30 días para aprobar o negar la solicitud.
Si niegan la solicitud de asilo antes de los 180 días de someterla, también se rechazará la solicitud para el permiso de trabajo. Si pasan más de 180 días y no hay una decisión en el caso de asilo, el solicitante debería recibir un permiso de trabajo interino que será válido durante el tiempo que tome la revisión y posibles apelaciones en el caso.
Alonso, en tu pregunta no aclaras cuando presentaste la solicitud para asilo. Tu abogado de inmigración o la corte de inmigración podría proveerte está información. Además, deberías de llamar a la línea de información automatizada de la corte de inmigración al 1-800-898-7180 para enterarte sobre el estatus de tu caso.
Si ya han pasado más de los 150 días desde que presentaste la solicitud de asilo y aún no hay una decisión en tu caso, entonces podrías ser elegible para pedirle al USCIS un permiso de trabajo. Por favor consulta con un abogado de inmigración para recibir asesoría legal personalizada antes de comenzar cualquier trámite.
Para más información y consejos de inmigración, lea mi blog inmigracionhoy.com.
Envíe sus preguntas a preguntas@consultamigratoria.com. Incluya información detallada sobre su situación para mejor responder sus preguntas.
El Dr. Nelson A. Castillo es abogado de inmigración y autor de La Tarjeta Verde: Cómo obtener la residencia permanente en los Estados Unidos. Es ex Presidente de la Asociación Nacional de Abogados Hispanos y actual Presidente del Concejo Vecinal de Westlake South de Los Ángeles. Para comunicarse con la oficina del Dr. Castillo, puede llamar al (213) 537-VISA (8472).