En mi columna "Consulta Migratoria" de esta semana publicada en línea por varias publicaciones de impreMedia incluyendo LaOpinión.com, explico cómo evitar actos de discriminación durante la verificación de empleo.
Aquí esta mi columna:
Como parte de un esfuerzo para fiscalizar quienes trabajan legalmente en el país, el gobierno de los Estados Unidos ha implementado el sistema de verificación de empleo, puesto en vigor a partir de la última reforma migratoria en 1986.
En años recientes, se ha reforzado el uso del sistema y se han incrementado las multas a empleadores que contratan a trabajadores indocumentados. Parte del proceso de contratación es llenar el Formulario I-9, que exige la verificación de identidad y autorización de empleo para todo nuevo empleado, sean o no ciudadanos de los EE.UU.
La semana pasada, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) anunció que entró en vigor una nueva versión del Formulario I-9 y no aceptará versiones anteriores. El nuevo Formulario I-9 (Verificación de Elegibilidad de Empleo) debe ser usado para toda nueva contratación y reverificación de autorización de empleo.
La fecha de revisión del nuevo Formulario I-9 es el 8 de marzo del 2013. Esa fecha está impresa en la esquina inferior izquierda del formulario. Los empleadores no tendrán que completar un nuevo Formulario I-9 para empleados existentes si tienen archivado un formulario que anteriormente fue debidamente completado.
Hay una versión del Formulario I-9 actualizado en español en el sitio web de USCIS, pero sólo se puede usar en Puerto Rico. Dentro de los Estados Unidos y sus territorios se puede usar la versión en español sólo como referencia, ya que debe completarse el Formulario I-9 en inglés.
Todo empleador tiene la obligación de completar y conservar el Formulario I-9 para cada persona que tiene en su nómina de empleados en los Estados Unidos. Los formularios actualizados están disponibles en línea en www.uscis.gov/I-9.
Por ley, es responsabilidad del empleador verificar que todo empleado en su empresa tenga autorización para trabajar legalmente en los Estados Unidos. Para ello, debe examinar y aceptar documentos originales del empleado, que razonablemente aparenten ser genuinos. Esto no lo autoriza a pedir más documentos que no estén requeridos por ley.
Todo empleado debe saber que existen leyes federales que prohíben prácticas discriminatorias durante la búsqueda, contratación, proceso de verificación de elegibilidad de empleo (conocido como Formulario I-9), o despido de personas autorizadas para trabajar en los Estados Unidos.
Es importante saber qué pautas deben cumplir los encargados de contratar empleados, para evitar ser víctima de discriminación y entender cuáles son sus derechos.
Un empleador debe tratar a toda persona de igual manera cuando anuncie un trabajo, durante el proceso de contratación, o despido de un empleado. Debe proporcionar la misma información de trabajo por teléfono a toda persona que llame y entregar la misma solicitud de empleo a todo solicitante.
Si proporciona documentos legítimos que prueban su identidad y autorización de trabajo, como los que están listados en el revés del Formulario I-9, un empleador no le puede exigir más documentación. Por ejemplo, si una persona está autorizada para trabajar en los EE.UU., no le pueden pedir que tenga la ciudadanía estadounidense o residencia permanente, a no ser que sea requerida por ley o contrato federal.
Si un empleador necesitará verificar nuevamente la autorización de empleo de una persona, debe aceptar cualquier documento válido, aunque no sean los mismos que el empleado presentó cuando fue contratado.
Toda decisión de despidos debe basarse en el desempeño laboral o comportamiento del empleado y no en la apariencia, acento al hablar, nombre, o ciudadanía del empleado.
Para proteger de la discriminación en el empleo a inmigrantes autorizados para trabajar aquí, el gobierno de EE.UU. estableció la Oficina del Consejero Especial para Prácticas Injustas Relacionadas a la Condición del Inmigrante. Esta oficina tiene una línea de ayuda para aconsejar a empleadores en como evitar prácticas discriminatorias (1-800-255-8155), y otra para que empleados reporten este tipo de abusos (1-800-255-7688).
Inmigrantes indocumentados también tienen ciertos derechos laborales. Si trabaja, tiene derecho a recibir su salario, independientemente de su estatus legal. Si trabaja y no le pagan, presente una queja con el Departamento del Trabajo de los Estados Unidos llamando al 1-866-487-9243.