Personas que califican para el programa de estatus de protección temporal (TPS, siglas en inglés) y no tienen dinero para pagar las tarifas correspondientes para el trámite podrían recibir un perdón de pago del gobierno. Así que antes de ir en búsqueda de un préstamo para pagar los $420 dólares ($80 para las huellas digitales y $340 para el permiso de trabajo), averigüe si califica para una "dispensa de tarifas".
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, siglas en inglés) usa su discreción para dispensar algunas de sus tarifas a las personas que pueden comprobar "incapacidad de pago” - ya sea para el TPS o para otros trámites inmigratorios.
Funcionarios de inmigración evalúan documentación del solicitante relacionada con su nivel de vida y sus gastos antes de decidir si se justifica una dispensa de tarifa. Las dispensas no son automáticas. Cada caso es único y es considerado según sus propios méritos.
Criterios que pueden determinar “incapacidad de pago”:
- Que en los últimos 180 días la persona haya calificado para recibir un beneficio público como cupones de alimentos, Medicaid o asistencia temporal para familias necesitadas.
- Que los ingresos familiares de la persona durante el año fiscal más reciente estén a nivel o por debajo del nivel de pobreza - actualmente estipulado en $22,050 para una familia de cuatro personas.
- Que la persona sea anciana (con 65 años de edad o más cuando presenta la solicitud de dispensa de tarifa).
- Que la persona esté discapacitada. (deberá presentar una verificación de discapacidad )
- La edad y el número de dependientes en el hogar del solicitante.
- Razones humanitarias ya sean temporales o permanentes, que justifiquen la concesión de una solicitud de dispensa de tarifa. Por ejemplo: el solicitante se encuentra temporalmente indigente (sin hogar) o no tiene dinero pagar la tarifa sin sufrir privaciones substanciales.
Documentación para comprobar "incapacidad de pago":
- Prueba del nivel de vida y evidencia de que los dependientes del solicitante viven en su casa.
- Comprobantes de cobros de empleo, como formularios W-2 y cartas del empleador con membrete de la empresa que detallan sueldos pagados.
- Declaraciones de impuestos.
- Recibos de pago de hipoteca o recibo de renta.
- Recibos de comida y ropa, facturas de servicios públicos (como gas, electricidad, teléfono, agua), recibos de cuidados médicos para hijos o ancianos, recibos de gastos de transporte, recibos de gastos médicos, comprobantes de otros gastos esenciales.
- Prueba que verifica la discapacidad del solicitante.
- Documentación que muestre estado de cuentas bancarias.
- Documentación que muestre que recibe ayuda financiera o subsidios—como pensión alimenticia, manutención para hijos, etc.
- Documentación de deudas y responsabilidades—cuánto debe sobre préstamos pendientes, tarjetas de crédito, etc.
Cómo solicitar una dispensa de tarifa:
- El solicitante debe presentar una declaración jurada—o una declaración no jurada firmada y fechada declarando: “Yo declaro bajo pena de perjurio que lo siguiente es verídico y correcto”— pidiendo una dispensa de tarifa y declarando las razones por las cuales es incapaz de pagar la tarifa.
- La declaración jurada y los documentos justificantes deben ser presentados junto con la solicitud o petición de beneficios.
- Para facilitar la tramitación de la solicitud de dispensa de tarifa, escribir con letras grandes “Solicitud de dispensa de tarifa” en el sobre en el que envíen su solicitud o petición junto con la solicitud de dispensa de tarifa, así como en la parte superior de su declaración jurada y en cada página con la información justificante.
- Si le niegan la dispensa de tarifa, USCIS le regresara el paquete completo incluyendo la solicitud. Ellos le darán la oportunidad de reiniciar el trámite - en este caso, el TPS - pagando la tarifa apropiada. La solicitud junto con la tarifa apropiada tiene que ser enviada al USCIS lo más pronto posible. De lo contrario la agencia determinara que usted abandonó su caso y no le permitirá reinscribirse al TPS al menos que usted demuestre una causa justificada.